En el tercer
encuentro nos encontramos para seguir reflexionando sobre temáticas y ejes transversales
cómo son el Derecho a la participación y protagonismo, los Derechos Sexuales y
reproductivos y el derecho al trabajo de las personas con discapacidad.
Para trabajar estos
conceptos es importante poder avanzar en la noción de persona que plantea la convención
y el modelo social, en tanto sujeto de derechos, con una mirada integral que
permita poner en debate y manifiesto conceptos y procesos vinculados a la sexualidad, la autonomía, el empoderamiento, la participación y protagonismo y
el derecho al trabajo, entre otros.
Desde la concepción
de la persona cómo sujeto de derecho, podemos comprender que la participación y
protagonismo de las personas con discapacidad son aspectos centrales para el desarrollo
de su autonomía, la ciudadanía y para los procesos de transformación social. El
empoderamiento real, las elecciones y las decisiones individuales permiten que
se vaya generando una conciencia que quiebre representaciones discriminatorias
y estereotipadas en cuanto a la participación de las personas.
“La participación
como un derecho que genera derechos” explicaba Francisco Diocares, uno de los capacitadores
del encuentro, quien proponía la reflexión de estas ideas y conceptos, desde
investigaciones y teorías participativas y la experiencia laboral concreta en
su participación en el espacio del centro de estudiantes en la escuela secundaria
de APADIM.
Para habilitar los
espacios reales de gestión participativa es importante poder identificar los
distintos niveles en donde se promueve la participación como un concepto que adquiere
sentido y realidad cuando se construye desde el ejercicio concreto de la
persona con los otros, otros que puedan colaborar en este proceso, brindando
apoyos para la participación como un ejercicio que se aprende participando.
Para contextualizar
esto, Diocares destacó la importancia de la Convención Internacional para los Derechos
del Niño (CDN), como una legislación que promueve la mirada de derecho,
identidad y protagonismo de los niños, niñas y adolescente.
Esta Convención
precedente a la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con
discapacidad, visualiza y empodera a niños, niñas y adolescentes proclamando su
condición de ciudadano, siendo una declaración política, social y jurídica que
plantea una nueva mirada de los niños y a la infancia que se operativiza en
Argentina, a través de la ley n° 26.061.
El tratado plantea la
necesidad de hacer práctica esta visión de niñez como sujeto social de derechos
y por lo tanto obliga a los Estados y a la sociedad a redefinir roles en los distintos componentes de la
sociedad: niñez y juventud, autoridades, familia, sectores no organizados,
sociedad civil, entidades, instituciones, etc.
“Esto que se
encuentra plasmado en el plano jurídico y que busca garantizar aquellos
principios de la CDN, se encuentra en constante tensión y conflictividad con lo
instituido en las sociedades contemporáneas” explicaba Diocares.
En la actualidad aún
subsisten y conviven los resabios de la ley de patronato de menores, en donde
los Niños, niñas y adolescentes son mirados como objeto de tutela pasivos, y
cuyo objetivo es la protección moral y material desde una patria potestad, en la
cual el adulto define que necesita.
La convención
internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad, afianza los
cimientos de la CDN y la exigibilidad de derechos en cuanto a la participación,
protagonismo, derechos e identidad de sujetos empoderados para el ejercicio de
ciudadanía y participación política.
Estos principios proclamados
por el movimiento de vida independiente fueron determinantes en el proceso de
conformación de la Convención en donde el movimiento asociativo de las personas
con discapacidad y organizaciones no gubernamentales tuvieron una participación
y protagonismo muy activo en el proceso de elaboración del articulado de la
convención. El activismo de las personas con discapacidad es una conquista del
movimiento que le otorga legitimidad a este tratado, refleja las
reivindicaciones de este colectivo desde un modelo social de la discapacidad y
enfoque de derechos humanos y plantea el inicio de una nueva etapa de desafíos
a los países firmantes.
“En una sociedad que no
respeta la diferencia, las personas con diversidad funcional ven reducidas sus
posibilidades de participación” explicaba Diocares, por lo tanto las
estrategias y/o dispositivos de intervención deben tener como objetivo la
modificación de la respuesta social frente a la diversidad. Buscando brindar
apoyos para procesos de inclusión reales, con autonomía y participación
genuina, no desde un lugar de asimilación o adaptación de la persona a lo que
el entorno espera de ella, sino empoderándola para lograr mejores lugares,
conquistar espacios, construir relaciones y espacios nuevos e inclusivos.
Como una experiencia colectiva
de gestión organizativa y de ejercicio participativo, Diocares comento la
experiencia del Centro de Estudiantes, en la escuela secundaria, mencionando
sus principales actividades y como se fue conformando este espacio como espacio
promotor y de ejercicio de derechos, ciudadanía, género, libertad para tomar
decisiones, respeto, diversidad, etc.
En este contexto, se
compartió un video donde un grupo de jóvenes que participaron de talleres en
derecho y participación manifestaban sus intereses, sus deseos, miradas
cotidianas.
Sexualidades,
diversidades y derechos.
La sexualidad y la libertad
de tomar las propias decisiones en relación a la vida afectiva y los derechos
sexuales y reproductivos, son procesos que vinculados a la sexualidad de las
personas con discapacidad muchas veces se encuentran mediatizados por
representaciones sociales, miradas familiares y mitos que atraviesan no sólo el
ejercicio de la sexualidad, sino en general la perspectiva de género y la
intimidad de cada persona
"Hablar de
sexualidad es reconocer un proceso dinámico y complejo que convoca miradas de
varias generaciones acerca de las diferentes maneras de ser sujetos en
diferentes contextos culturales e históricos. Esto implica revisar cuestiones
acerca de las relaciones entre varones y mujeres, de cuerpos y poderes, de
deseos y placeres, de palabras que nombran o que omiten”, comentaba Graciela
Bordagaray, otras de las capacitadoras del encuentro.
“La sexualidad no se
aprende, se construye” enunciaba Bordagaray, planteando que las sexualidad es
un componente constitutivo de la persona, se construye en las distintas etapas de
vida de la persona, es inherente a todos los seres humanos y plantea un modo de
ser y habitar el propio cuerpo, el vínculo con los otros, experimentando y
transitando placer, deseo, amor, erotismo.
Como construcción
social e histórica la sexualidad está atravesada por múltiples dimensiones, no
sólo por lo biológico-psicólogo. La constituye una compleja trama social,
cultural y política que permite pensar la sexualidad acorde con sujetos y
subjetividades, comprendiendo mejor las realidades humanas en términos de procesos
más inclusivos.
Con estas nociones a
cuestas la perspectiva de género nos permite problematizar y deconstruir
mandatos socialmente adjudicados. Nos plantea pensar cómo las sociedades y la
representaciones sociales fueron “diciendo que debe hacer un varón, que debe
hacer una mujer, lo que es esperable atraviesa a toda la sexualidad de la
persona”.
La deconstrucción de
los mandatos permite revisar mecanismos y lógicas invisibles instituidas en una
sociedad: de costumbres, de modos de ser y sentir el mundo y de relacionarse
con los demás.
La propuesta entonces
es revisar esas estructuras sociales determinadas con una mirada crítica y
poniendo en cuestión roles preestablecidos y estereotipos de género que
establecen desigualdades, promoviendo cambios tendientes a garantizar la
igualdad de derechos y responsabilidades entre distintos sexos. Bordagaray
planteaba “si bien todos somos iguales en materia de derechos, todos somos
diferentes en el modo de expresar nuestras emociones, nuestros sentimientos y
ejercer la propia sexualidad”.
Esos procesos de
revisión incluye los mitos que se reproducen en la sociedad ligadas a la
sexualidad y la discapacidad: que las personas con discapacidad no pueden tener
sexo, que son asexuadas, o hiper-sexuadas que su desarrollo nunca alcanza la
genitalidad, etc.
En la Convención
Internacional sobre los Derechos de las Personas con discapacidad, en distintos
artículos que fueron trabajados en el encuentro, se plantean la efectividad de
este derecho, en donde los Estados partes y las instituciones deben generar los
apoyos apropiados y razonables para propiciar la elección igualitaria y
autónoma de las personas en cuanto a tener una sexualidad plena, vivir de forma
independiente, a formar una familia.
En el marco del
compromiso del Estado de garantizar las condiciones para el libre desarrollo de
la voluntad de las personas, lo que incluye el goce de los derechos sexuales en
base a decisiones y elecciones personales, las instituciones educativas deben
planificar dispositivos pedagógicos adecuados para la formación de sujetos
autónomos, libres y responsables en el desarrollo de la propia sexualidad.
La ley 26.150 de
Educación Sexual Integral (E.S.I.) establece esta obligación en el Estado
Nacional y los estados provinciales, como un derecho de los chicos y de
las chicas en todas las escuelas del país, privadas y/o estatales,
confesionales o laicas, de nivel inicial, primario, secundario y para la
educación superior, en cualquiera de sus modalidades. Impulsa el desarrollo de
saberes y habilidades para la toma de decisiones en relación al cuidado del
propio cuerpo, las relaciones interpersonales y el ejercicio de la sexualidad.
Inclusión
y derecho al trabajo.
Estas concepciones de
persona se reproducen en la participación y protagonismo de la persona en el
ámbito laboral, en el derecho al trabajo y en la mirada de los empresarios y de
la sociedad en relación al trabajo y la productividad de las personas con
discapacidad.
En este sentido,
Norma Baratta explica que el artículo 27 de la Convención establece que es
obligación de los Estados garantizar el derecho de las personas con
discapacidad a ganarse la vida mediante un trabajo que ellos mismos elijan o
acepten voluntariamente, puedan formar parte de entorno laborales accesibles
y prohíbe la discriminación por motivos de discapacidad en todas las
formas de empleo.
Si bien el acceso al
trabajo, debería ser una realidad básica de derecho, es necesario implementar
estrategias de accesibilidad, como un proceso que requiere la implementación de
estrategias, adquiriendo complejidad de acuerdo a las características del
mercado laboral, quedando vastos colectivos relegados y generando esta falta de
participación económica incertidumbre frente a los proyectos individuales.
Es importante
promover las experiencias laborarles en el mercado de trabajo abierto de las personas
con discapacidad, con la incorporación de ajustes razonables y salvaguardas
necesarias para la realización de la actividad productiva en el lugar de
trabajo.
Si bien la aplicación
de las disposiciones de la convención sobre el trabajo y el empleo, amparan a
las personas con discapacidad cualquiera sea la etapa de empleo en que se
encuentren, Baratta, destaca que la productividad del puesto del trabajo que
realiza la persona es esencial para una verdadera inclusión laboral en la
empresa, participe activamente en lo social y en lo productivo, “siendo un
desafío de la convención para los estados, implementar políticas, no sólo a
través de medidas de afirmación positiva como son los cupos laborales, las
acciones políticas que se realiza a través de ministerios de trabajo, como el Programa
Primer Paso o programas de entrenamiento”.
Si bien nuestro país
cuenta con un marco normativo y diversas medidas de acción positiva que promueven el derecho
al trabajo, las
tasas de desempleo son mucho mayores de las personas con discapacidad que las
personas sin discapacidad.
Desde el punto de
vista práctico, los gobiernos, los sindicatos de trabajadores, los empleadores
y las personas con discapacidad y organizaciones que las apoyan pueden
colaborar para promover la integración social y económica de éstas.
Promover la independencia
económica a partir de proyectos personales, la participación social estar con
otros, produciendo y tomando decisiones lo que implica autonomía y autodeterminación.
En general lo que se
reproduce en el mercado laboral y desde la perspectiva de los empresarios, son representaciones
sociales negativas acerca de la productividad del trabajo, lo “que puede o no
puede realizar” la persona, desinformación y desconocimiento, actitudes proteccionistas.
El cambio de este imaginario
social sólo es posible con la participación de la persona
en las entrevistas de trabajo, la actitud que asume el profesional y el vínculo
que se establece, a partir de una comunicación fluida y el tiempo que las
partes dedican a este proceso.
El empleo con
apoyos, permite
planificar con la persona los apoyos que necesita a lo largo del proceso de
incorporación al empleo, no se realiza con acompañamiento dentro del espacio de
trabajo sino en espacios ajenos a la empresa.
Los trayectos
laborales de los jóvenes abren la puerta a otros espacios y al ejercicio de
otros derechos sociales y culturales, como es la sociabilidad con los pares, el
ejercicio de autonomía, decidir qué hacer con su dinero, nuevos roles al
interior de las familias, se empoderan de nuevos espacios y ejercen ciudadanía.
Baratta retoma y
afianza la idea, “el trabajo genera en las personas con discapacidad
innumerables oportunidades de participación social, posibilita independencia
económica, autonomía y favorece significativamente su calidad de vida”.
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