El
Día Internacional de la Mujer conmemora la lucha de la mujer por su
participación, en pie de igualdad con el hombre, en la sociedad y en su
desarrollo íntegro como persona. La primera convocatoria tuvo lugar en 1911, y en
1977 la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU)
proclamó el 8 de marzo como Día Internacional por los Derechos de la Mujer y la
Paz Internacional.
El
lema del Día Internacional de la Mujer 2013, centrado en la violencia contra la
mujer es: “Una promesa es una promesa: momento de pasar a la acción para acabar
con la violencia contra las mujeres”.
Entonces,
además de los cariños, saludos, regalos y demás gestos necesarios, merecidos e
impostergables, este es un día en el que nos cabe preguntarnos cómo estamos en
relación a la equidad de género, al ejercicio de derechos y el desarrollo pleno
de las capacidades de las mujeres en igualdad de oportunidades. Y particularmente, como organización que trabaja
por el ejercicio pleno de los derechos de las personas en situación con
discapacidad, preguntarnos por la situación de las niñas y mujeres con
discapacidad.
Y
aquí también la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con
Discapacidad tiene cosas para decir. En
primer lugar reconoce que
las mujeres y las niñas con discapacidad suelen estar expuestas a un riesgo
mayor, dentro y fuera del hogar, de violencia, lesiones o abuso, abandono o
trato negligente, malos tratos o explotación.
Y que las niñas (y niños) con discapacidad deben gozar plenamente de
todos los derechos humanos y las libertades fundamentales en igualdad de
condiciones con los demás niños y niñas, y recordando las obligaciones que a
este respecto asumieron los Estados Partes en la Convención sobre los Derechos
del Niño.
La
convención manifiesta entre sus principios generales y a lo largo de todo el
tratado la igualdad entre el hombre y la mujer. Obliga explícitamente a los estados a asegurar el acceso de las personas
con discapacidad, en particular las mujeres y niñas (y las personas mayores con
discapacidad), a programas de protección social y estrategias de reducción de
la pobreza.
En
particular, el artículo 6 de la convención está plenamente dedicado a los
derechos de las niñas y mujeres con discapacidad: “Los
Estados Partes reconocen que las mujeres y niñas con discapacidad están sujetas
a múltiples formas de discriminación y, a ese respecto, adoptarán medidas para
asegurar que puedan disfrutar plenamente y en igualdad de condiciones de todos
los derechos humanos y libertades fundamentales. Los
Estados Partes tomarán todas las medidas pertinentes para asegurar el pleno desarrollo,
adelanto y potenciación de la mujer, con el propósito de garantizarle el
ejercicio y goce de los derechos humanos y las libertades fundamentales
establecidos en la presente Convención.”
Es que tradicionalmente,
las niñas y mujeres en situación de discapacidad se han visto afectadas por lo
que se conoce como la doble discriminación, es decir por la situación de
discapacidad y por género.
Las niñas
y mujeres con discapacidad soportan aún más que los varones con discapacidad los
prejuicios, estereotipos y estigmas, generalizados en todos los ámbitos, que
distorsionan la imagen social del colectivo y generan exclusión de los espacios
de desarrollo de la vida.
Instrumentando
prácticas, normas y políticas que fomentan la sobreprotección y la dependencia,
la sociedad ha tendido a aislar y a segregar a las mujeres con discapacidad. Sutil discriminación que sigue siendo
un problema grave y alarmante, y que se traduce en mayor
desempleo, menor acceso a los servicios de salud, menos acceso a la educación,
escaso o nulo acceso a los programas y servicios dirigidos a mujeres en
general, mayor riesgo de padecer situaciones de violencia y abusos, etc.
Entonces
nos preguntamos: Por qué siguen siendo más, muchos más, los niños, jóvenes y
hombres con discapacidad que alcanzan más y mejores espacios de participación a
lo largo de la vida, en relación a las niñas y mujeres. ¿Y qué estamos haciendo
al respecto?
¿Qué
lugares de autonomía conquistan los varones con discapacidad en sus familias y
en la vida… y las mujeres? ¿Cuántas chicas finalizan sus estudios, en relación
a los varones? ¿Cuántas chicas tienen una vida social activa? ¿Cuántas
trabajan? ¿Cuántas mujeres con competencias y capacidades adecuadas hacen uso
de sus bienes? ¿Cuántas mujeres con discapacidad intelectual ejercen hoy sus
derechos a la participación, a la salud, a la intimidad, a la sexualidad, a
realizarse como mujeres plenas?
El
sentido del Día Internacional de la Mujer es precisamente llamar la atención
sobre estas y muchas otras preguntas, y promover las transformaciones sociales
necesarias para que año a año no vuelvan las mismas respuestas.
Lic.
Martin Passini.
Comunicación
Institucional.
APADIM
Córdoba.
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