Durante los días 23 y 24 de abril, en el Hotel propiedad del Automóvil Club Argentino, se desarrolló este primer este encuentro en el marco del Programa Oportunidades Laborales para jóvenes vulnerables y estuvo organizado por Cecopal, La Luciérnaga, APADIM – Córdoba y la Comisión de Apoyo de Trabajadores de Volkswagen Córdoba, con el apoyo de Terre des Hommes Alemania.En este encuentro marcado por la participación y el diálogo, unos 30 representantes de organizaciones sociales cordobesas abordaron mediante charlas y debates temas como la promoción del derecho a la participación como sustento de otros derechos, la incorporación del enfoque de derechos a las prácticas institucionales, los viejos y nuevos paradigmas en torno a la infancia, el paso histórico que se ha dado desde el paradigma del “secuestro de los conflictos sociales” a la convención de los derechos del niño y el nuevo modelo de protección integral del niño y adolescente (Ley 26061).
Otras temáticas abordadas fueron, la construcción de la participación, los niveles ysus formas y la puesta en común de las experiencias y prácticas que llevan adelante las organizaciones en relación al tema.
Como cierre de este encuentro se apuntaron algunas estrategias metodológicas para la planificación de intervenciones que promuevan el derecho a la participación y defensa de los derechos de niñas y niños, apuntando a desarrollar nuevos proyectos en esta dirección.
En este primer seminario – taller participaron unas 30 personas, representantes de las siguientes organizaciones cordobesas: La Luciérnaga, Cecopal, Fundación Matras, Sehas, Serviproh, APADIM – Córdoba, Casa del Joven, Asociación Civil Sal Y Luz, La Minga, Comisión de ayuda comunitaria de Trabajadores de Volkswagen Córdoba, Comedor Boquitas Llenas, Terre des Hommes.
Presentación
Las jornadas comenzaron con la presentación del programa en el que se enmarcó el evento.Esto fue muy importante en la medida de que permitió analizar,haciendo una retrospectiva, el camino que hemos recorrido como un aprendizaje mutuo en el que se fue generando una relación fuerte de confianza entre las organizaciones. Coorganizado junto a TDH, se invitó a otras organizaciones sociales de Córdoba que tienen un arraigado trabajo en la comunidad con niños, niñas y adolescentes y que plantean el paradigma de los derechos y la promoción de la participación de este colectivo.
En las primeras horas de la mañana, la primera charla abordó la promoción del derecho a la participación como sustento de otros derechos. Marysel Segovia y María Eugenia Valles comenzaron revisando históricamente la construcción social de la Infancia, del concepto de la infancia: en todo caso, la historia del control de la infancia por parte de los adultos.El punto de partida en este recorrido está en la revolución industrial y la Revolución Francesa como momentos históricos que ponen límites a la autoridad soberana y plantea igualdad de los ciudadanos ante la ley. Estos hechos instauran un nuevo “pacto social” marcado por el liberalismo y la garantía de derechos individuales y ciudadanos.Sin embargo, el beneficio se dirige a una población de carácter selectiva y exclusiva. El beneficiario tipo de estos derechos es el varón, propietario, adulto y productivo, quedando los niños (y las mujeres y otros grupos sociales) fuera del establecimiento de derechos y del concepto de ciudadanía.
En este marco histórico es importante el rol desempeñado por la escuela como institución encargada de generar un tipo de ciudadano homogéneo. En este sentido, la escuela es la encargada homogeneizar, de mantener el status quo, interés de la burguesía otrora revolucionaria pero devenida en clase hegemónica. Es decir, la institucionalización es la lógica que se instala como resolución de los conflictos sociales.A fines del siglo XIX se crean los tribunales de menores. De esta manera, el destino de niños y niñas pasa a manos de la orden de un juez, situación que es conocida como el “secuestro de los conflictos sociales”. Esta es una peligrosa política que pone en práctica el “secuestro” de los conflictos mediante la segregación, del encierro, a los sectores más vulnerables y desprotegidos de la sociedad.
Paralelamente, se produce también la división entre lo público y lo privado. En este fenómeno los conflictos sociales son retirados del escenario público, son privatizados. En ese contexto, la ley y el orden que reglaba la vida de niños, niñas y adolescentes era la ley del padre. Esta persona era el encargado de mantener el orden familiar y castigar al que lo alteraba.
Los cambios políticos y económicos de los siglos 18 y 19 generan la creación de el Estado de Derecho para justificar, monopolizar, legalizar y enmarcar la violencia del estado, pero los niños se encuentran al margen y esta situación se naturaliza. Esta realidad social se sostiene en el paradigma hegemónico hasta las últimas décadas del siglo veinte.Luego de este recorrido, la exposición desembocó en la formulación legal del nuevo paradigma, que se venía discutiendo desde los espacios académicos y de la sociedad civil: “En este marco histórico, el 20 de noviembre de 1989 en la Asamblea General de Naciones Unidas se firma la Convención Internacional de los Derechos del Niño.
Comienza así un cambio de mirada y que apunta a refundar todas las instituciones públicas incluyendo la mirada del niño.”Desde este paradigma el Estado debe construir un nuevo pacto para integrar la diversidad, incorporando la propia mirada de los niños. Lo indispensable es la participación de los niños que alimenta el consenso social, un nuevo estado ( una nueva forma de concebir la comunidad, como operación intelectual), plural, mestizo.Recién quince años después, nuestro país promulga la Ley 26061, conocida como la Ley de Protección Integral de niños, niñas y adolescentes.
Concebida la niñez como ciudadanía y basada en la autonomía progresiva de los niñ@s, concebidos como sujetos de derecho, con derecho a ser oído por autoridades y participar en toda instancia de su interés.Se instala, de esta manera, a partir de la norma el derecho a participar, ser oído, opinar, escuchar su opinión. Derecho a participar en la vida cultural y artística (Artículo 31) o derecho en la vida escolar democrática, democratización de la escuela (Artículo 28).
La escuela se irige así como un nuevo espacio democrático, en el cual se parte de la idea pedagógica de que para ser educado en la construcción democrática se debe vivir la experiencia, vivir la participación en la escuela, la norma debe garantizar las ideas de una educación en democracia. En este sentido, la Familia-escuela-comunidad, son transformados como los principales ámbitos de participación de los niños.
La Participación también entendida como instrumento de construcción social, debe generar en los adultos una actitud positiva , una obligación, en la apertura de espacios sociales, en conceder espacios de poder a adolescentes y niños.Sin embargo, estos derechos son normas que no siempre se llevan a la realidad.La escuela, con su histórica estructura de autoridad vertical, ¿cede espacio de poder? ¿Cómo se construyen desde las instituciones espacios de participación en el diagnóstico y seguimiento de proyectos?
Estamos hablando, no de participación decorativa sino efectiva, aquella participación que puede influir en la autoridad.Por demás, la lucha por derechos del niño ha sido dicha y hablada con la voz de los adultos, se han redefinido los espacios, roles, etc., pero no se ha pasado al estadio de aceptar que los niñ@s y adolescentes participen en la definición de las reglas del juego.
Actualmente en los ámbitos jurídicos de Argentina está instalada la discusión generada por las contradicciones entre normas del Código Civil y la nueva Ley. Esta situación lo que genera es la lucha contra la presión corporativa de jueces de menores y asociaciones o instituciones privadas antiguas, con la finalidad de derogar lo que este contra la nueva ley.Este nuevo paradigma presume la capacidad de los niñ@s para determinar qué es mejor para sí mismo, es decir, la posibilidad de pasarse de la definición adulta por una compartida. En la cual,la capacidad-discernimiento, con el que actúan se basan en la capacidad de analizar, de sus intereses, desplazando al adulto en el sentido que el niño tiene capacidad de discernimiento, lo que garantiza que el niño pueda ser escuchado.
De esta manera este paradigma da paso a otros derechos, a ser escuchados, a la participación en la vida pública, a una participación protagónica, desde la cual el niño puede hacerse cargo de su realidad, su vida, en lo grupal, en lo colectivo.
Luego de las charlas, se formaron cuatro grupos entre los participantes quienes representaron distintas situaciones, en las que se evidenciaba, mediante la actuación, la vulneración de algún derecho de los niñ@s y su resolución. Así, se pusieron en escena situaciones como: un juez de menores que huye de un taller de radio en un instituto de menores, asediado por los jóvenes que supuestamente estaban a su cargo y nunca había visitado; las contradicciones de maestros y directivos de escuelas que ostentan discursos de promoción de derechos y participación de sus alumnos pero no abren los espacios para que esa participación se concrete en la misma escuela; el sometimiento de una esposa y sus hijos ante el mandato paterno y la realidad de los niñ@s trabajadores que deben enfrentarse en una relación de desigualdad a patrones abusivos.
Con envidiable histrionismo los participantes del seminario relataron experiencias típicas y en cada caso se reiteraron cuestiones como la libertad-sumisión en las instituciones Familia-escuela-trabajo, el rol del adulto como promotor u obstaculizador de la participación y la resolución dada por la participación colectiva, por la búsqueda y construcción de nuevos vínculos y espacios que fortalezcan y den lugar a procesos de participación protagónica.
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